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Tribunal Ambiental admite a trámite recurso contra la SMA por suspensión de procedimiento a SQM Salar

El Consejo de Pueblos Atacameños sostiene que el plan de cumplimiento presentado por la empresa para la extracción de salmuera en el Salar de Atacama, debió haber sido sometido a consulta indígena.

El Primer Tribunal Ambiental admitió a trámite la reclamación interpuesta por la asociación indígena Consejo de Pueblos Atacameños contra la resolución de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), que en enero de este año aprobó el plan de cumplimiento presentado por SQM Salar y suspendió el procedimiento sancionatorio iniciado contra la minera en noviembre de 2016, por la extracción de salmuera sobre las cantidades permitidas, en el Salar de Atacama.

“Habiendo sido la reclamación interpuesta en tiempo y forma, admitáse a tramitación. Informe el reclamado sobre la materia requerida en un plazo de 10 días hábiles adjuntando copia física autentificada del expediente administrativo que dio lugar a la reclamación”, señala la resolución del tribunal emitida el 13 de febrero.

Los reclamantes piden que se anule la resolución de la SMA debido a que a su juicio el plan de cumplimiento presentado por SQM Salar debió haber sido sometido a consulta indígena.

El 7 de enero la SMA suspendió el proceso sancionatorio contra SQM tras aprobar el programa de cumplimiento, el que de acuerdo a lo indicado en dicha ocasión por el organismo regulador es uno de los instrumentos que ha impuesto exigencias más costosas a un titular, con un monto de $17.205,18 equivalente a US$25 millones.

El procedimiento de la Superintendencia consideró la dictación de tres resoluciones de observaciones a la propuesta. El programa tiene una duración de 18 meses en los que SQM Salar se compromete a “diversas acciones tendientes al monitoreo en línea relacionados con sus extracciones de salmuera y agua industrial”, según el expediente. Además, el proceso de sanción podría reactivarse en cualquier momento si no se cumplen las obligaciones.

Por otro lado, se solicitó la colaboración de la Dirección General de Aguas (DGA) para evaluar los aspectos hídricos de la propuesta. Se ponderaron más de 70 observaciones de los denunciantes, dentro de los cuales se encuentran: Comunidad Indígena Atacameña de Peine, Consejo de Pueblos Atacameños, Comunidad Indígena Atacameña de Camar, Corfo y la empresa Albemarle.

El plan de cumplimiento presentado por SQM “prioriza el cuidado del medio ambiente por sobre los criterios productivos, proponiendo restituciones de salmuera mayores a las sobre extraídas. Además, suspende de manera preventiva la extracción de agua dulce del pozo Camar 2. Se utilizan parámetros conservadores para el Plan de Contingencia del Sistema Peine, tomando como referencia utilizando los umbrales e indicadores de estado del proyecto de Albemarle”, señaló la SMA cuanto emitió la resolución. (Fuente: La Tercera Pulso y Economía, Negocios Online ValorFuturo y Primer Tribunal Ambiental)

 

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