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Las pertenencias mineras no son minas: aclarando la confusión y sus efectos fiscales

  • Por Gastón Fernández Montero, Abogado Especialista en Derecho Minero y Derecho del Mar. //

Gastón Fernández Montero, abogado especialista en Derecho Minero y Derecho del Mar.

En Chile se confunde habitualmente la pertenencia minera con la mina. Esta equivocación distorsiona el debate público y genera percepciones erradas sobre la pérdida fiscal cuando las concesiones caducan por falta de pago de patente.

PERTENENCIA VS. MINA

•  La pertenencia minera es un derecho real inmueble, otorgado por sentencia judicial, que habilita a su titular para explorar y explotar un área determinada del subsuelo.

•  La mina, en cambio, es la faena material de extracción, el trabajo físico sobre un yacimiento.

•  Una pertenencia minera puede existir sin que haya mina, y muchas veces se mantiene solo como expectativa de futura exploración.

REMATES DESIERTOS Y TERRENOS FRANCOS

Cuando los titulares no pagan la patente por una concesión minera, los tribunales las rematan. Si no hay interesados, se declaran terrenos francos.

• En Taltal, numerosos remates han quedado desiertos, reflejando el desinterés por adquirir pertenencias que no aseguran explotación rentable.

•  El terreno franco queda disponible para nuevas solicitudes, pero no genera ingresos inmediatos al Estado.

IMPACTO FISCAL Y LA PGU

La Pensión Garantizada Universal (PGU) se financia en parte con la recaudación proveniente de las patentes mineras.

•  Cada patente impaga significa menos recursos para el fondo que sostiene este beneficio social.

•  Los remates desiertos multiplican la pérdida fiscal, pues no hay adjudicación ni pago de patente.

• El resultado es una merma directa en los recursos que sostienen la PGU, especialmente en comunas con alta concentración de pequeña minería abandonada.

IMPLICANCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

El Código de Minería busca equilibrar el derecho de propiedad minera con el interés fiscal. Sin embargo, la confusión entre pertenencia y mina lleva a creer que el país pierde yacimientos productivos, cuando en realidad lo que se extingue es un derecho jurídico sobre un área potencial de exploración o explotación.

CONCLUSIÓN

Las pertenencias mineras suelen usarse como cobertura para futuras exploraciones, más que como minas activas. Lo ocurrido en Taltal —remates sin interesados y declaración de terrenos francos— se repite en otras comunas del país. El resultado es siempre el mismo: el fisco pierde ingresos y se debilita el financiamiento de la PGU, mientras la pequeña minería enfrenta la inviabilidad de sostener sus derechos para trabajar y producir para el país.

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