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En estudio quedó reclamación por aprobación ambiental de proyecto Playa Verde de Chañaral

  • Cerro Verde es un proyecto que se emplazará en la comuna de Chañaral en la Región de Atacama, aproximadamente a 3 kilómetros del centro de la ciudad.

Luego de escuchar los alegatos en contra y a favor de la calificación ambiental favorable del proyecto minero “Playa Verde” de Chañaral, los ministros del Primer Tribunal Ambiental decidieron dejar la causa “en estudio”, a fin de recabar mayores antecedentes antes de determinar si se acoge o rechaza la reclamación presentada.

Esta reclamación, presentada por el vecino de la comuna de Chañaral Manuel Cortés Alfaro, tiene relación con un proyecto que pretende recuperar mineral de las arenas de la playa grande de la ciudad y que fue aprobado por el Servicio de Evaluación Ambiental, SEA.

Sin embargo, para el reclamante, el SEA a la hora de calificar ambientalmente favorable el proyecto no consideró todos los impactos ambientales que podría generar, ni las observaciones ciudadanas planteadas durante el proceso.

En la audiencia, los ministros Mauricio Oviedo (presidente), Fabrizio Queirolo y Juan Opazo, escucharon los alegatos de la abogada reclamante Gabriela Burdiles Perucci, y de la litigante del Servicio de Evaluación Ambiental, SEA, quienes entregaron sus fundamentos respecto a la determinación del Comité de Ministros en orden a retrotraer la evaluación del proyecto y a las controversias por la no consideración de observaciones ciudadanas respecto a la falta de antecedentes sobre afectaciones que podrían generar las faenas al medio marino,  su cercanía con el Parque Nacional Pan de Azúcar y en especial, con el sitio prioritario Quebrada de Peralillo.

Para la abogada Burdiles lo primero que se debe considerar es el contexto y lugar donde se quiere localizar el proyecto “a 3 kilómetros del centro de Chañaral en una de las zonas posiblemente más impactadas social y ambientalmente en la historia de Chile, en un lugar donde se han depositado alrededor de 350 millones de toneladas de residuos de relaves mineros a partir del año ´30”.

INFORMACIÓN RELEVANTE

Sobre las controversias, la abogada Burdiles se refirió en primer lugar a las observaciones ciudadanas y explicó que se formularon 11 en la reclamación administrativa, de las cuales no hubo una consideración debida. “La información que se ordena incorporar es muy relevante y no puede ser subsanada a través de nuevas rectificaciones, explicaciones, respecto a información que ya existe en el proceso”, argumentó Gabriela Burdiles.

Lo anterior, porque las observaciones tienen que ver con la falta de antecedentes en los posibles efectos en el riesgo a la población local por el depósito de relaves después de un procedimiento metalúrgico; la falta de antecedentes que permitan descartar efectos del dragado en el acuífero y la incorporación del medio marino que no se incorpora en el área de influencia, ni en la línea base y, por último, la existencia de un sitio prioritario de conservación y su valor ambiental. “Lo que se constata es que hay una falta de información relevante y esencial”, afirma la litigante.

Uno de los fundamentos que tienen relación con la línea base es la observación efectuada por CONAF, organismo que durante la evaluación del proyecto se manifiesta por la exclusión del medio marino.

En tanto, la abogada del SEA, Estefani Sáez Cuevas, explicó que la reclamación administrativa que se impugnó fue acogida parcialmente por el Comité de Ministros ya que se estableció que las observaciones ciudadanas relativas al impacto sobre la salud de la población, componente hídrico, posible impacto al medio marino y la existencia de un sitio prioritario no habrían sido debidamente consideradas.

VICIOS EN LA EVALUACIÓN

Sin embargo, a pesar de que la abogada Sáez asegura que dicho comité determinó la existencia de vicios en la evaluación ambiental, asegura que sus amplias facultades dan pie a que pueda solicitar nuevos antecedentes a través de una adenda.

“Si uno revisa las observaciones ciudadanas respecto a las cuales se reclamó su indebida consideración, no existe ninguna referencia a que el EIA carezca de información relevante o esencial o tampoco existen solicitudes de un término anticipado de evaluación”, enfatiza la litigante del SEA.

También, Sáez Cuevas indica que no se verificaron requisitos para poner término anticipado al proyecto por falta de información relevante o esencial y que no cabe rechazar el proyecto.

Además, se refirió al fondo de la controversia, particularmente en lo referido a los impactos ambientales y asegura que pueden ser subsanados a través de la entrega que debe efectuar la empresa, de nueva información.

Cerro Verde es un proyecto que se emplazará en la comuna de Chañaral en la Región de Atacama, aproximadamente a 3 kilómetros del centro de la ciudad. La planta metalúrgica se proyecta al Este de playa grande, a 2,5 kilómetros al norte de Chañaral, cercana a la ruta que conecta Chañaral con el Parque Nacional Pan de Azúcar, a 923 metros del Sitio Prioritario Quebrada de Peralillo y a 10 kilómetros del parque. El objeto es producir cobre fino y contempla tres fases: construcción, operación y cierre.

 

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