Columna de OpiniónDestacadosNotas MinerasNoticias
Trending

Acero importado, ¿y la normativa chilena?

Por
Dante Arrigoni Cammas

Presidente de la Asociación de Industrias Metalúrgicas y Metalmecánicas (Asimet)

Un informe del Instituto Chileno del Acero (ICHA) reveló una grave falencia que presentan las estructuras y algunos de los aceros estructurales importados que ingresan al país: no cumplen con la normativa chilena. Lo más preocupante es que se advierte que estos materiales podrían estar siendo utilizados actualmente en la construcción de grandes proyectos.

Dice el ICHA que “las estructuras de acero importadas que están llegando al país están confeccionadas con aceros de otras calidades no reconocidas por la norma chilena NCh203, y no han sido certificadas por laboratorios y organismos acreditados en Chile”. Lo que pareciera ser una discusión muy técnica, tiene serias incidencias en la seguridad y conservación patrimonial de las construcciones, que arriesgan su estabilidad en movimientos sísmicos u otros desastres naturales que como chilenos no podemos descartar.

Chile es una de las economías más abiertas del mundo, lo que abrió las puertas al crecimiento de nuestro país en las últimas décadas. Sin embargo, este libre intercambio presenta algunas necesidades insoslayables, como los controles de los bienes que se adquieren y trasladan de un país a otro, y aquellos relacionados con el uso e incorporación de esos productos en un medio distinto, que cuenta con sus propios niveles de calidad y condiciones ambientales y técnicas diferentes.

Nuestra ingeniería antisísmica es una de las más exigentes del mundo, al igual como lo es la normativa respecto de la calidad de los materiales usados en la construcción. Este estudio no nos puede dejar indiferentes, pues muestra un significativo incumplimiento a las normas exigidas para las construcciones en Chile, conforme a la Ley General de Urbanismo y Construcción (LGUC) y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC).

El ICHA constató que los materiales que hoy ingresan al país, en una importante cantidad de los casos analizados, no cumplían con las calidades y no habían sido certificados por laboratorios ni organismos acreditados en Chile, como lo exige la ley. Tanto la LGUC como la OGUC establecen específicamente como obligatorias dos normas principales que regulan la calidad de los aceros en la construcción: la NCh204, relativa a acero en barras laminadas en caliente para hormigón armado, y la NCh203, relativa a los aceros para uso estructural.

Lamentablemente, este tema de “compliance” se repite con otros productos que ingresan a Chile. Los países de la OCDE, tenemos que avanzar en el refuerzo de nuestra institucionalidad normativa y fiscalización tanto aduanera como de las entidades público-privadas competentes. Se hace necesario contar con un ente fiscalizador con todas las facultades que sean necesarias para cumplir su rol.

Hacemos un llamado de atención a ser más rigurosos en los controles de calidad, cumplimiento de las leyes y ordenanzas vigentes, y alertar respecto de estos incumplimientos.

 

Tags

Artículos relacionados

Close