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Ley de Protección de Datos: el desafío de la minería

  • Por Manuela Aguilera, abogada, Estudio Araya & Cía. Abogados. //

Manuela Aguilera, abogada, Estudio Araya & Cía. Abogados

La Ley N.º 21.719, que regula la protección y el tratamiento de datos personales, representa un cambio fundamental para las empresas en Chile. Su entrada en vigencia, de no existir una postergación, está prevista para el 1 de diciembre de 2026. Para la industria minera, la nueva normativa impactará procesos que van desde la gestión de personas hasta las relaciones con contratistas y proveedores. Por eso, prepararse debe ser una prioridad.

Uno de los ámbitos empresariales que se verá impactado será la gestión de personas. Las organizaciones deberán prestar atención al tratamiento de datos durante el reclutamiento, la contratación, la gestión de remuneraciones, las evaluaciones de desempeño y las desvinculaciones. Estos procesos involucran información que debe administrarse adecuadamente para evitar las sanciones que impone la ley.

La nueva normativa también exige revisar los fundamentos que permiten tratar los datos personales. Las denominadas «bases de licitud» adquieren especial relevancia para las organizaciones, pues constituyen la justificación para el tratamiento de los datos. En el ámbito laboral, estas bases pueden estar vinculadas al contrato de trabajo y a las obligaciones legales que derivan de él.

En ese sentido, es necesario distinguir que los datos sensibles, como los de salud y biométricos, requieren especial protección. Asimismo, el uso de datos de geolocalización debe informarse a los trabajadores y considerar las autorizaciones correspondientes.

¿Está preparada la minería? La situación depende de cada empresa. Los grandes consorcios internacionales pueden contar con estándares de cumplimiento y estructuras de protección de datos desarrollados bajo marcos internacionales. En cambio, la mediana minería enfrenta desafíos importantes, particularmente en la revisión de sus procesos y relaciones con terceros.

A pesar de lo anterior, la industria cuenta con una ventaja: su arraigada cultura de cumplimiento, auditoría, monitoreo y gestión de riesgos puede facilitar la incorporación de estos estándares.

Ante este cambio de paradigma, el llamado es a mapear los tratamientos de datos personales e identificar qué información se utiliza y bajo qué fundamento. También es necesario definir responsabilidades organizacionales y prestar especial atención a los datos sensibles de los trabajadores.

Aunque el proyecto de postergación hasta 2027 cuenta con apoyo del Ejecutivo, su aprobación no está asegurada. La fecha oficial de entrada en vigencia sigue siendo el 1 de diciembre de 2026 y quedan seis semanas para prepararse. En consecuencia, la industria minera debe avanzar desde ahora en la revisión de sus procesos, sin supeditar la implementación a una eventual decisión legislativa.

Finalmente, una posible postergación puede otorgar más tiempo, pero no debe convertirse en una razón para postergar la preparación.

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